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Ministra del Interior, Carolina Tohá. Foto: Aton.

Para la ministra del Interior, tanto las exautoridades como los partidos políticos a cargo del gobierno del expresidente Piñera deben clarificar los antecedentes en los que se ha visto involucrado el ex secretario de Estado y figura de la UDI.

Diario UChile

La ministra del Interior, Carolina Tohá, llamó a la oposición a pronunciarse por la vinculación del exministro Andrés Chadwick con el abogado Luis Hermosilla, quien permanece en prisión preventiva tras ser formalizado en el marco del denominado caso Audios.

La titular de Interior sostuvo que “el exministro Chadwick está enfrentando múltiples acusaciones y temas que están en investigación. Él tendrá que definir la manera en que se defiende”.

“Lo importante es que las figuras que cumplen roles o que han cumplido roles importantes en el Estado, y particularmente en su caso como ministro del Interior, hay instituciones que tienen que responder por estas actuaciones”, dijo Tohá.

En ese sentido, la secretario de Estado insistió en que “las instituciones y partidos políticos que estuvieron a cargo de ese gobierno (de Piñera)” deberían dar “respuestas”.

“Tienen que darle al país una respuesta de qué hay detrás de estos antecedentes y de cómo operaba (Chadwick) en esa época, durante ese gobierno”, cerró Tohá.

Andrés Chadwick, quien se desempeñó como vocero y ministro del Interior durante los gobiernos de Sebastián Piñera, ha sido vinculado a Hermosilla en el caso Audios, por lo que su condición de testigo podría variar.

Según La Tercera, uno de los documentos revelados que podría comprometer a la figura de la UDI consiste en una serie de conversaciones de Whatsapp entre el abogado (Hermosilla) y el controlador de la corredora de bolsa (Daniel Sauer) -ambos en prisión preventiva en el anexo Capitán Yáber por corrupción-, ocurridas entre marzo y abril del 2023.

Ese periodo es justamente el tiempo en que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) había suspendido por 30 días las operaciones de STF Capital, por no cumplir con las exigencias legales y normativas sobre el envío de estados financieros auditados e indicadores de cobertura patrimonial. En ese caso tendría injerencia el otrora secretario de Estado.

Por: Diario UChile

Lunes 16 de septiembre, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

El 9 de septiembre de 2024 jueces de la Tercera Sala de la Corte Suprema (1) revocaron fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago, y sentenciaron que la Armada y Carabineros de Chile pueden exhibir en sus dependencias retratos de los golpistas Merino, Mendoza y de su sucesor Stange. Al hacerlo reinstalan el debate sobre los deberes del Poder Judicial en materia de protección de las víctimas del golpe de estado del 11 de septiembre de 1973 ¿Indica este fallo que el espíritu golpista se está anidando de nuevo en la Corte Suprema?

Columna de opinión por Eric Eduardo Palma, profesor de Historia Constitucional, U. de Chile

El espíritu golpista de la Suprema se incubó cuando la Corte avaló la comisión del delito de rebelión en que incurrieron los miembros de la Junta Militar según la normativa del Código Penal vigente al 11 de septiembre de 1973 (2). Sin perjuicio de considerar que los ministros del más alto tribunal de la República pudieron incurrir, a su vez, en la figura penal de los artículos 134, 135 y 136 del mismo Código (3).

La discusión sobre el respeto de la independencia del Poder Judicial por la dictadura civil-militar es un tema ya zanjado: el régimen intervino la judicatura al crear los Tribunales Especiales del Trabajo (4), al exonerar mediante sumarios secretos a jueces y remover funcionarios identificados como adherentes de la Unidad Popular (5) y al crear una instancia de reclamación por caducidad del contrato de trabajo integrada por miembros de las Fuerzas Armadas (6).

Esta intervención fue avalada por la Corte Suprema de la época, cuyas presidencias manifestaron su total e irrestricto apoyo al Gobierno Militar. Cabe recordar que el presidente Urrutia Manzano puso a Pinochet la banda presidencial en 1974 (7).

Inmersa en su espíritu golpista la Corte Suprema no sólo avaló la intervención, no sólo colaboró con entusiasmo, sino, lo que es todavía más grave, fomentó la severa política represiva del régimen civil-militar. En efecto, relata el asesor jurídico de la Junta Militar, Duvauchelle, que se propuso a la Corte promulgar un Decreto Ley que le entregara competencia para conocer recursos contra las sentencias de los Consejos de Guerra que implicaran la pena de muerte, pero ella lo rechazó: “[…] ya que sus miembros era partidarios de que el Gobierno Militar actuara primero con dureza hacia los extremistas, y después se podría conversar sobre el proyecto de decreto ley” (Duvauchelle, 2019, 97).

El espíritu golpista del máximo Tribunal implicó también que no representara públicamente la falta de acatamiento de sus fallos, a pesar de lo comprometido por la Junta Militar. Mediante una circular interna de noviembre de 1976 advirtió a los jueces que por decreto ley 1065 de 1975, Carabineros estaba obligado a prestar su auxilio a las autoridades judiciales, sin poder calificar el fundamento de la petición de apoyo de la fuerza pública. Como se aprecia, esta circular cuestiona gravemente el principal argumento sostenido públicamente para avalar la independencia del Poder Judicial (8).

También se manifiestó en el hecho que admitiera incluso la represión de menores inimputables. En 1974 desconoció los argumentos de la Corte de Apelaciones de Santiago y revocó el fallo de un recurso de amparo que disponía la libertad de un menor de 15 años. Desechó los argumentos de la Corte de Apelaciones que sostuvo al acoger el recurso: 1. Que el menor debía ser puesto en libertad. 2. Que el Tribunal de Menores competente debía velar por su integridad, porque en este caso no eran aplicables las excepciones propias del estado de sitio 3. Que se debían aplicar al fallar esta causa las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que eran protectoras y limitaban el alcance del efecto del estado de sitio.

La proyección en el tiempo de esta identificación y defensa de la dictadura implicó que tardíamente, tan sólo el 9 de septiembre del año 2013, admitió en una Declaración sus desviaciones, calificando su conducta como: “3.- […]  una dejación de funciones jurisdiccionales, por lo que es tiempo de dejarlo en claro a todos los miembros actuales y futuros de la institución y a las generaciones ciudadanas que vengan, para que ese comportamiento no se repita, por contradecir un Estado de Derecho propio de una República democrática”.

Todavía más valioso para entender el tiempo presente es el contenido del numeral cuatro de la Declaración: “4: Consecuente con lo anterior, esta Corte Suprema ha comprometido sus mejores esfuerzos en el esclarecimiento de esta clase de delitos, e insta a todos los jueces de la República y funcionarios del Poder Judicial a persistir en tal tarea, como también al reconocimiento y promoción de los Derechos Humanos, tal cual lo prescribe la Constitución Política de la República” (9).

Once años después de la Declaración del año 2013, y bajo la persistente resistencia de la Corte a pedir perdón por la conducta de sus miembros, la prensa informó que la Tercera Sala del máximo Tribunal revocó el 9 de septiembre de 2024 las sentencias de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenaban a la Armada retirar los retratos de Toribio Merino, y a Carabineros, los de César Mendoza y Rodolfo Stange en tanto que integrantes de la Junta Militar golpista.

La Tercera Sala, acogiendo argumentos del Consejo de Defensa del Estado y de la Armada, estimó que los cuadros en cuestión son retratos que: “forman parte de una galería de numerosas imágenes que muestran, en orden cronológico, las fotografías institucionales de quienes han desempeñado el más alto cargo jerárquico en las aludidas reparticiones”. Que en tanto retratos no eran un homenaje como se sostuvo en el recurso interpuesto.

Nos parece que este fallo atenta contra la declaración del 9 de septiembre de 2013, y nos pone de lleno en el recuerdo del espíritu golpista desplegado a partir del 11 de septiembre de 1973.

Tal como ocurrió con el fallo del año 1974 sobre detención de menores de edad, en que la Suprema desatendió los argumentos de la Corte de Apelaciones que protegían los derechos humanos de la víctima, la tercera Sala, ignorando sus deberes de “reconocimiento y promoción de los Derechos Humanos” a que se refiere la declaración del año 2013, no se hizo cargo de lo sostenido por la Corte de Apelaciones que refutando el argumento puramente cronológico ordenó sacar los retratos de las dependencias de la Armada y Carabineros: “Que en ese orden de ideas, el único fundamento entregado para no acceder al retiro de una fotografía y retrato, es que se encuentran ubicadas junto a las de otras personas que desempeñaron igual cargo que el del señor Merino. Que tal distinción se torna en ilegal a la luz de la garantía de no repetición consagrada en el artículo 63.1 de la Convención sobre Derechos Humanos y aplicable a nuestro país de conformidad al artículo 5 de la Constitución […] Que de este modo, como ha sido sostenido por esta Corte en los ingresos Rol 79.361-2019 y Rol 37.319-2021, la garantía de no repetición, que se traduce en definitiva, en medidas tendientes a que no vuelvan a ocurrir violaciones a los derechos humanos, se contrapone a la acción de la recurrida al mantener en exhibición fotografías y retratos de quien forman parte de un gobierno de facto durante el cual se incurrieron en delitos de lesa humanidad […]  el hecho de ser expuesto junto a otros comandantes en jefe, no parece suficiente justificación para mantener exhibida la imagen de quien fue parte de una Junta Militar, que como gobierno de facto incurrió en actos de vulneración de derechos humanos”.

El fallo de la Tercera Sala, a once años de la Declaración del 9 de septiembre de 2013, muestra que el mandato del numeral 4 no ha calado hondo en el seno de la Suprema. Al parecer hay en ella quienes no se sienten obligados a respetar y promover los derechos humanos.

Al optar la Tercera Sala por una interpretación que favorece la mantención de los retratos, sin hacerse cargo del sufrimiento de las víctimas y del respeto cabal de la garantía de no repetición, está dañando severamente su deber jurídico de interpretar el Derecho de acuerdo con el principio pro persona (interpretación expansiva de los derechos humanos, interpretación restrictiva de las limitaciones).

Es de esperar que esta decisión se corrija, y que ella no sea sino un pálido reflejo del espíritu golpista que dañó severamente la independencia del Poder Judicial y el derecho de las víctimas a ser protegidas de la acción criminal de los golpistas encabezados por al almirante Merino, el general Mendoza y su sucesor el general Stange.-

 

(1) Ministros (a) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sr. Mario Carroza E., el Ministro Suplente Sr. Juan Manuel Muñoz P., la Abogada Integrante Sra. María Angélica Benavides C, así como la Ministra Suplente Sra. María Carolina Catepillán L., y los Abogados Integrantes Sr. Enrique Alcalde R. y Sr. Pedro Águila.

(2) Guzmán (2023) Los sucesos del 11 de septiembre de 1973 y el delito de rebelión, rev, Estudios de la Justicia, núm. 39, págs. 229-240.

(3) Artículo 121. Los que se alzaren a mano armada contra el Gobierno legalmente constituido con el objeto de promover la guerra civil, de cambiar la Constitución del Estado o su forma de gobierno, de privar de sus funciones o impedir que entren en el ejercicio de ellas al Presidente de la República o al que haga sus veces, a los miembros del Congreso Nacional o de los Tribunales Superiores de Justicia, sufrirán la pena de reclusión mayor, o bien la de confinamiento mayor o la de extrañamiento mayor, en cualesquiera de sus grados

Art 122. Los que, induciendo a los alzados, hubieren promovido o sostuvieren la sublevación y los caudillos principales de ésta, serán castigados con las mismas penas del artículo anterior, aplicadas en sus grados máximos.

Art 134.  Los empleados públicos que debiendo resistir la sublevación por razón de su oficio, no lo hubieren hecho por todos los medios que estuvieren a sus alcances, sufrirán la pena de inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos en cualquiera de sus grados.

ART. 136. Los que aceptaren cargos o empleos de los sublevados, serán castigados con inhabilitación absoluta temporal para cargos y oficios públicos en su grado mínimo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales

(4) Palma (1998), Sobre la intervención del Poder Judicial en Chile luego del 11 de septiembre de 1973, Jueces para la Democracia, España.

(5) Matus da noticia que: “Entre 1973 y 1975, más de 250 magistrados y funcionarios fueron trasladados, removidos u obligados a renunciar, según un estudio realizado por el Colegio de Abogados en 1986. Entre ellos, unos veinte fiscales y ministros de las cortes de Apelaciones; más de cincuenta jueces, secretarios de juzgados, relatores y secretarios de Corte; y unos 180 miembros del Escalafón Secundario (funcionarios, receptores, defensores públicos y notarios (Matus, A, 1999, El libro negro de la Justicia en Chile, Planeta).

(6) Palma (2023), Las Actas Constitucionales de 1976. La dictadura chilena y la creación de normas iusfundamentales, Tirant lo Blanch.

(7) Astudillo, Fernando (2022) Independencia del Poder Judicial. ¿Dónde y a quien hacer la crítica? en

https://www.diarioconstitucional.cl/cartas-al-director/independencia-del-poder-judicial-donde-y-a-quien-hacer-la-critica/#goog_rewarded

(8) Palma (2023), Las Actas Constitucionales de 1976. La dictadura chilena y la creación de normas iusfundamentales, Tirant lo Blanch

(9)https://radio.uchile.cl/2013/09/06/corte-suprema-reconoce-omisiones-durante-la-dictadura-pero-evita-la-palabra-perdon/

https://www.pjud.cl/institucional/base-historica-de-autos-acordados#celda2946

https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/68319

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

Viernes 13 de septiembre, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Columna de opinión por Eric Eduardo Palma, profesor de Historia Constitucional, U. de Chile

Se ha cumplido un año, agosto de 2023, desde que se inundaron cientos de casas de alto precio, mal emplazadas en una zona inundable de la ciudad de Curicó y con motivo de ello el canal Chilevisión, con el periodista Julio César Rodríguez como conductor, nos invitó con otras personas, para que entregáramos nuestra opinión al respecto.

Columna de opinión por Patricio Herman

Otros medios digitales también nos solicitaron que nos refiriéramos al asunto. El proyecto inmobiliario es conocido como Parque Zapallar y la tragedia se produjo porque, tanto los agentes públicos como el actor privado, conscientemente vulneraron la normativa preventiva contenida en el respectivo Plan Regulador Comunal (PRC). Quien desaprensivamente construyó, pensando solo en las ganancias a recibir, es la empresa familiar de Rodrigo Galilea.

Este instrumento local habla de riesgo de inundación por posible desborde del estero Gaiquillo y pasó, lo que tarde o temprano tenía que pasar, para desgracia de las todas familias que compraron al contado o con créditos hipotecarios esos inmuebles. La totalidad de las autoridades regionales y comunales tenían la obligación de saber que el terreno comprado por Galilea, suponemos que en un precio muy reducido justamente por la afectación en comento, no era apropiado para construir viviendas, pero creyendo aquellas que las fuerzas de la naturaleza no iban a impactar ese sector, miraron para el lado porque se trataba de un buen negocio para el actual presidente del partido político Renovación Nacional.

En este episodio el influyente y arrogante sector privado no reclamó en contra de la “permisología”, sencillamente porque no hubo burocracia en la tramitación del permiso y la Contraloría Regional del Maule dio a conocer una serie de ilegalidades cometidas por la desobediente empresa del parlamentario, señalando que el proyecto se llama Conjunto Residencial Parque Zapallar en Curicó, confirmando que se trataba de más de 400 viviendas.

El principal culpable fue el chanta funcionario público, de nombre Carlos Figueroa, quien ejercía el cargo de Director de Obras Municipales (DOM) sujeto que, sin ponderar lo que hacía, como un perrito faldero, para congraciarse con el solicitante, otorgó el permiso de edificación a la empresa Galilea S.A. Ingeniería y Construcción, persona jurídica que también sabía que era de alto riesgo construir en ese sector. Naturalmente Figueroa, por otros motivos, antes de la fatalidad, había sido destituido de la función municipal de ejercía.

Debido a que la empresa que embaucó a los compradores de las casas se ha desentendido de su responsabilidad, ellos interpusieron una demanda en los tribunales, la que, a la luz de los indiscutibles hechos, aunque tarde, tendrá que favorecer a los desventurados vecinos, los que con las indemnizaciones de rigor, tendrán que rehacer sus vidas. Asimismo hemos sabido que este luctuoso caso de corrupción inmobiliaria ha sido tratado en la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados, sin conocerse el resultado de la investigación que hicieron los parlamentarios.

Por lo relatado, queda en evidencia que Galilea carece de los atributos mínimos necesarios para desempeñarse en el ámbito de los proyectos inmobiliarios y por ello, en nuestra opinión, lo mejor para él, es que siga desempeñándose como político, actividad bien remunerada que no requiere ser especialista en nada, no obstante le da sumo protagonismo y visibilidad a quienes la ejercen.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

Martes 20 de agosto, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Patricio Herman-presidente-Fundación Defendamos la Ciudad-A2

Patricio Herman

Presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad

Abogado Luis Hermosilla en la cuarta jornada de su formalización en Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Foto: Aton.

La querellante en el caso Audios se inclinó por la medida cautelar más gravosa para que el abogado no se fugue del país. Sobre los hechos que involucran a Andrés Chadwick dijo: “Quisiera escuchar algún pronunciamiento por parte de la derecha”.

Diario UChile

La diputada del Partido Socialista por la Región de Atacama y una de las querellantes en la causa judicial del caso Audios, Daniella Cicardini, abogó porque en esta cuarta jornada de formalización del abogado Luis Hermosilla se establezca prisión preventiva como medida cautelar, como una señal hacia la ciudadanía y para recuperar la credibilidad de las instituciones.

En conversación con la primera edición de Radioanálisis, la parlamentaria recalcó que estamos frente a “verdaderas redes de corrupción y de tráfico de influencias (…) que podrían tener vínculos con el mundo político, judicial, económico, con el SII, la Tesorería General de la República y la PDI”. Hipótesis que, por cierto, fue parte de las conclusiones a las que llegó la Comisión Investigadora del Caso Hermosilla en la Cámara Baja,

“Cuando vemos todo este entramado evidentemente nos convencimos de que quedábamos cortos con las herramientas fiscalizadoras del Congreso Nacional y avanzamos en una querella con el diputado (Daniel) Manouchehri”, explicó.

Respecto a la medida cautelar, Cicardini sostuvo que: “Nosotros esperamos avanzar en una prisión preventiva no solo por la gravedad de los hechos, sino también por la situación de reiteración y, además, porque hay audios del mismo señor Hermosilla que señalan que si se llegan a enterar de toda esta red de corrupción hay que arrancarse e irse a Jamaica con los pasajes, y lo que nosotros no queremos es que este personaje se fugue de nuestro país. Por lo tanto, lo mínimo es que podamos resguardar esta investigación y llegar hasta las últimas consecuencias con el mayor rigor de la ley para todos quienes resulten responsables. Es uno de los casos de corrupción más grandes que hemos vivido en nuestro país“.

En esa línea, y en su rol de querellante, la parlamentaria indicó que ha recibido advertencias de parte de sus colegas parlamentarios. “En el Congreso, en los pasillos, hemos recibido, quizás uno puede decir son consejos bien intencionados, pero también hay algunos con tonos que a lo menos llaman profundamente la atención, el ‘tengan cuidado, salgan de ahí’, son voces que reiteradamente a lo menos yo he escuchado y recibido por parte de mis colegas de manera muy transversal”, expuso.

“Hay algunos que deben estar muy preocupados. Vuelvo a insistir, acá vemos que hay tentáculos del caso Hermosilla que deben también penetrar en el mundo político, hay algunos que no están durmiendo bien y les incomoda que nosotros fuéramos parte de esta querella porque vamos a tener acceso a la carpeta, de hecho, tuvimos varios intentos descarados de la defensa para sacarnos del juicio“, aseguró.

En relación a un artículo publicado por el medio Ex-Ante, en el que se desliza la posibilidad de que pierdan el escaño al ser querellantes en este caso, la diputada respondió que es una afirmación “sin ninguna justificación y argumento jurídico ni legal“: “Les puedo decir que, primero, nosotros fuimos ratificados por la Corte de Apelaciones, segundo, no tenemos ningún impedimento ni inhabilidad constitucional, porque además nosotros no somos los abogados que patrocinan este caso ni tampoco estamos buscando una indemnización”.

Sobre los hechos que involucran Andrés Chadwick y la gravedad de que la defensa de su acusación constitucional haya sido financiada con dineros ilegales, Cicardini respondió que “acá no tenemos a cualquier político, es un político connotado de la derecha, de la UDI principalmente, un político que participó de la campaña de Pinochet y que en reiteradas oportunidades fue parte de gobiernos de derecha, como en el del presidente Piñera, y no en cualquier puesto, fue vocero de Gobierno, fue ministro del Interior y él fue acusado constitucionalmente, cuando justamente quienes lo defendieron fueron financiados por recursos de lavado de activos que era Factop“.

Con estos antecedentes, “a lo menos nosotros quisiéramos escuchar algún pronunciamiento por parte del sector de la derecha que han tenido un silencio cómplice y obviamente nosotros estamos analizando si es que esto tiene mérito constitucional para que, por ejemplo, en el caso de (Jean Pierre) Matus pueda también tener alguna acción como una acusación constitucional“.

Respecto al dilema que suscita en el mundo político el levantar el secreto bancario, la parlamentaria afirmó que: “Es un tema que le incomoda a un sector económico de nuestro país, al poder económico que también tiene sus tentáculos en el poder político. El caso Hermosilla deja en evidencia de porqué es tan importante avanzar en la ruta del dinero porque, ojo, en este caso también podría estar vinculado el Poder Judicial”.

“Con el caso Hermosilla, hoy día tenemos la oportunidad de recuperar la credibilidad de las instituciones y la fe publica del sistema completo porque esa sería la señal que esperaría el chileno y chilena en uno de los mayores casos de corrupción”, finalizó.

Revisa la entrevista completa acá:

Por: Diario UChile

Lunes 26 de agosto, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

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Foto: Agencia Aton

En el segundo día de formalización por el caso Audios, el fiscal Orellana explicó que la relación del abogado con los Jalaff incluía “ámbitos vinculados con la actividad delictiva”, y que el jurista sabía de la estructura criminal que integraba.

Pilar León Pardo

A las 9:20 am de este jueves comenzó la segunda jornada de la audiencia de formalización del abogado Luis HermosillaLeonarda Villalobos y Luis Angulo en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago en el marco de las investigaciones por el caso Audios.

El puntapié inicial lo dio el jefe de Alta Complejidad Oriente, el fiscal Miguel Ángel Orellana, quien ahondó sobre el delito de lavado de activos respecto del abogado Luis Hermosilla durante casi cuatro horas.

En ese sentido, el fiscal señaló al inicio de su exposición que es necesario hacer referencia, en primer lugar, al rol que tenía Hermosilla en la mezcla de intereses entre Daniel y Ariel Sauer, y Álvaro y Antonio Jalaff.

Así, el fiscal Orellana afirmó que para entender cabalmente el conocimiento que el abogado Luis Hermosilla tenía respecto del funcionamiento de esta verdadera estructura y su plan criminal, hay que analizar la posición que éste tenía dentro de la misma.

“Anticipamos desde ya que su vinculación más estrecha no es con los señores Sauer, a quienes conoce recién en 2017, sino que es con los señores Jalaff, con quienes tiene un vínculo que va mucho más allá, que excede con distancia de la relación abogado cliente. Es un amigo. Por los antecedentes recabados durante el desarrollo de la investigación se considera ‘un hermano’, que no sólo está interesado en los asuntos procesales o jurídico-técnicos de las actividades profesionales o personales de los señores Jalaff, sino que también lo está en sus resultados económicos”, explicó.

Orellana enfatizó en su relato que Hermosilla “no sólo aprovecha, en definitiva, la bonanza o el éxito, y sufre con los problemas económicos de los señores Jalaff”, sino que “el exceso de la labor respecto de los señores Jalaff, tiene que ver con su rol de consejero, en el más amplio sentido de la palabra. Y que incluye los ámbitos vinculados con la actividad delictiva”.

De esta forma, durante la audiencia, el persecutor detalló a través de operaciones bancarias y chats las operaciones que Luis Hermosilla mantiene con los Sauer y los Jalaff, con el objetivo de dejar en evidencia que el abogado habría tenido conocimiento de la situación económica y de financiamiento entre las estructuras criminales.

“Luis Hermosilla no es capaz, no podrá decir nunca que lo que le pagó Mario Ramírez, que lo que le transfirió a su mujer, a sus tres secretarias, con lo que pagó la camioneta, es plata lícita, porque ya no es posible afirmarlo, porque ya está contenida en la cuenta corriente del Banco BCI. Es justamente esa combinación, la que el sistema de control anti lavados y el artículo 27 letra b de la Ley 19.913 establece, porque después de eso no hay forma de distinguir los recursos lícitos de los ilícitos“, detalló.

Posteriormente, el fiscal Miguel Ángel Orellana se refirió a María Leonarda Villalobos y Luis Angulo, sin embargo, no logró terminar su intervención en este segundo día.

Al termino de la audiencia de este jueves, el abogado defensor de Luis Hermosilla, Juan Pablo Hermosilla, comentó que al comienzo de los procesos las versiones son muy contrapuestas y luego se van alcanzando los consensos.

“Hoy, después de escuchar la presentación extensa del fiscal Orellana, está más o menos claro que acá ha habido una línea de créditos según el repitió muchas veces, por parte de Factop, y lo que sostiene el Ministerio Público es que el uso de esa línea de crédito con dineros provenientes de eso, se mezclaba con los ingresos lícitos de Luis y eso podría contaminar ese tipo de operaciones u otras. Si eso es así, vamos a tener una tremenda discusión jurídica entonces sobre si esos hechos que él discute, son constitutivos de delito o no. Ojo que eso dijo él, que ese va ser el punto que vamos a discutir con la defensa, lo que es interesante porque tenemos que aclarar los hechos, que ya se van aclarando”, aseveró.

Para este viernes a las 9:30 am está programada la tercera jornada de formalización en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, donde se espera que termine de presentar la Fiscalía, para dar paso a los alegatos de los querellantes y las exposiciones de las defensas de los implicados.

Por: Pilar León Pardo

Jueves 22 de agosto, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Santiago, 19 de noviembre de 2019 El fiscal Francisco Ledezma recibe la declaración del joven Gustavo Gatica en la clínica Santa Maria, quien perdió sus ojos tras recibir disparos de perdigones percutados por carabineros. En la imagen el abogado del joven Carlos Gajardo se dirige a la prensa. Javier Salvo/ Aton Chile

El abogado puso énfasis en otra arista del caso: los nombramientos en el Poder Judicial, que -a su juicio- “permite un tipo de interferencia absolutamente indebida con un protagonismo muy alto de abogados litigantes” que luego cobran esos apoyos.

Diario UChile

El abogado de la Universidad de Chile y exfiscal, Carlos Gajardo, se refirió a la primera jornada de formalización de Luis Hermosilla por el Caso Audios y la reciente revelación de pagos millonarios a Andrés Chadwick.

En conversación con la primera edición de Radioanálisis, Gajardo indicó que “probablemente si uno hubiese escuchado este tipo de audios en una escucha telefónica de un traficante de drogas con su abogado el escandalo no sería tanto, el problema es que se trata de un abogado íntimamente vinculado al mundo empresarial, político y la elite en general de nuestro país”.

En esa línea, sostuvo que el problema es que este caso “tiende a confirmar una cierta idea, un cierto prejuicio quizás de la ciudadanía, de que la justicia funciona de esta manera, de que los casos se resuelven con influencia, pagos de dinero, con coimas, lo que evidentemente le hace un daño muy importante al sistema de justicia y exige creo yo que esto sea aclarado completamente tanto en cuanto a determinar cuál es la magnitud de esto, si hay más personas involucradas y una vez hecha esta investigación profunda, lo que corresponde son las sanciones más drásticas“.

Para Gajardo, “si es que Leonarda Villalobos no hubiera tenido la genial idea de grabar esa conversación, y luego alguien la filtra, nunca nos hubiéramos enterado de aquello y seguramente Luis Hermosilla seguiría siendo el abogado prestigioso que fue durante décadas, eso nos lleva a otro tipo de reflexiones: a cómo el sistema tiene mecanismos para detectar y prevenir estas conductas”.

“Por ejemplo, hay conductas importantes de defraudación de impuestos. Entonces, hace sentido que desde distintos gobiernos intenten tener mejores mecanismos de prevención, de evitar los altos niveles de elusión que tiene nuestro país (…). Si uno pudiera, por ejemplo, tener mayor facilidad de acceder al secreto bancario, a las cuentas corrientes, esto que se discute a partir de este caso lo podría haber descubierto el Servicio de Impuestos Internos con mejores herramientas. Lo mismo en los casos de lavado de activos, si la unidad de análisis financiero tuviera mejores herramientas por supuesto que esto sería más fácilmente detectable”, explicó.

El exfiscal además mencionó otra arista con relevancia, pero que ha tenido menos desarrollo, “que tiene que ver con las influencias de los nombramientos judiciales, Ministerio Público, notaría, ahí cobra mucha relevancia los chats de Luis Hermosilla, ya se han conocido algunos con ministros de corte, con personas relevantes, con políticos, que dan cuenta de que en un tema adicional, distinto, la manera que tenemos en nuestro país de nombramientos de las altas autoridades en el mundo judicial, en la Fiscalía, permite un tipo de interferencia absolutamente indebida con un protagonismo muy alto de abogados litigantes que luego, por supuesto, no hay que ser inocentes en esto, van a cobrar esos apoyos en las propias causas que estén tramitando”.

“Esto si que era un secreto a voces de un funcionamiento opaco y donde el gran problema es que no hay un premio o búsqueda de la meritocracia. Un sistema de justicia, lo que tiene que buscar es que los mejores fiscales lleguen a los puestos de arriba, que los mejores jueces terminen instalados en las cortes. Lo que el sistema termina generando es más bien una búsqueda de apoyos cruzados, desde el mundo político por una parte, y desde el mundo judicial por otra, y quienes tienen ese vínculo son justamente estos abogados políticos, que tienen conocimiento del mundo judicial y del mundo político porque están cercanas a sus redes. Esos personajes como Luis Hermosilla, pero como muchos más, terminan siendo claves porque tienen este doble acceso al mundo judicial y al mundo de la política que es donde se deciden los nombramientos”, cuestionó.

En ese sentido, afirmó que en muchos casos “en los que hay que actuar con rigor ante personas, entidades, que tienen poder, el sistema no tiene la fuerza para hacerlo y eso genera esta sensación de la ciudadanía fundada, como decía el ministro Juica, de que existen dos tipos de justicia, existe para decirlo groseramente una justicia para ricos y una para pobres”.

En referencia a las transferencias millonarias que recibió el exministro de Andrés Chadwick por parte de Hermosilla, el exfiscal dijo que “se pagaron un informe en el extranjero de 30 mil dólares para la defensa de Andrés Chadwick, entonces ya hay una imputación por un delito concreto a Luis Hermosilla (lavado de activos), ¿se puede extender esta acusación a otras personas? Por supuesto, en la medida que se acredite que esas personas estaban en conocimiento de estos hechos. a Luis Hermosilla se le imputa porque se dice usted sabía que estos dineros eran dineros negros, y usted contribuye a lavar esas platas blanqueándolas, esta acusación, por lo tanto, puede ser extendida a otras personas en la medida que se acredite que estas personas sabían, incluyendo y eso hay que investigarlo a Andrés Chadwick“.

Por: Diario UChile

Jueves 22 de agosto, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

El abogado Luis Hermosilla es fotografiado luego de entregar su declaración, como imputado, ante la Fiscalía Oriente por caso audios Dragomir Yankovic/Aton Chile.

Por el momento, el trabajo de Fiscalía y el OS7 de Carabineros se centra en afinar los detalles de las imputaciones en el caso que fue abierto por la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente.

Diario UChile

La Fiscalía Metropolitana Oriente se encuentra preparando la formalización contra el abogado Luis Hermosilla por los delitos de soborno y blanqueo de capitales en el marco del caso Audios.

Según consignó El Mercurio, conocedores de la investigación afirmaron que existen antecedentes suficientes para comunicar los cargos.

Por el momento, el trabajo de Fiscalía y el OS7 de Carabineros se centra en afinar los detalles de las imputaciones en el caso que fue abierto por la fiscal regional metropolitana Oriente, Lorena Parra, quien dirige las pesquisas, junto con los persecutores Felipe Sepúlveda y Miguel Ángel Orellana.

Ayer, Hermosilla acudió en horas de la mañana a la Fiscalía Metropolitana Oriente, donde prestó declaración por casi cuatro horas. Se espera que durante esta jornada se continúe con la diligencia.

A la salida del recinto, el abogado Juan Pablo Hermosilla, hermano del imputado, dijo que estaban “cumpliendo” con lo que dijeron al inicio respecto a que iban a “colaborar con todos los antecedentes que se pudiera. Así que estamos en eso, y hoy (ayer) ha sido una primera declaración, y continuaremos probablemente mañana (hoy). Pero yo creo que esto va a ser un proceso más largo”.

“Sostenemos que, si bien hubo errores graves que se cometieron en esa reunión, (…) estimamos que no hay delitos”, precisó.

En noviembre de 2023, la fiscalía abrió una investigación de oficio en contra de Hermosilla tras la revelación que hizo Ciper Chile de un registro de audio en el que se involucra al abogado en el supuesto pago de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Comisión Para el Mercado Financiero (CMF).

Además, el 1 de diciembre pasado, el Consejo de Defensa del Estado interpuso ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago una querella contra el abogado Luis Hermosilla Osorio; el empresario Daniel Sauer Adlerstein; y la abogada María Leonarda Villalobos Mutter; como autores de delitos consumados y reiterados de soborno.

Esto, en el marco de la investigación penal iniciada a partir de la publicidad, por parte de medios de comunicación social, de una grabación y transcripciones que revelan la comisión de actuaciones delictivas reconocidas por los imputados, y de las que se desprende que pretendían intervenir en futuros ilícitos.

Asimismo, la acción penal del CDE también se dirige contra todos quienes resulten responsables, en calidad de autores, cómplices o encubridores, de esos u otros delitos que puedan acreditarse durante el curso de la investigación penal, tales como cohecho, en su figura básica y/o agravada, revelación de secretos, falsificación de documento público y/o privado, delito informático u otros.

Finalmente, la querella del organismo se sustenta en los hechos que se consignan en el mencionado archivo de audio, que registró una reunión sostenida el pasado 22 de junio por los tres imputados; antecedente a partir del cual el CDE estima que se configura el delito de soborno, previsto y sancionado en el artículo 250, en relación con los artículos 248 y 248 bis del Código Penal, en los términos expresados precedentemente.

Por: Diario UChile

Miércoles 07 de agosto, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Foto: Aton Chile

La ministra de la Mujer recordó que los delitos de este tipo son imprescriptibles desde el 2019. “Existe una institucionalidad dedicada a proteger a las víctimas y que busca sacar del secreto familiar el abuso sexual infantil”, dijo Orellana.

Diario UChile

El Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando dio a conocer la sentencia contra Eduardo Macaya Zentilli, padre del senador y presidente de la UDI Javier Macaya, condenado por el delito de abuso sexual infantil reiterado.

El pasado miércoles 10 de julio el tribunal declaró culpable a Macaya Zentilli, por el delito de abuso sexual contra dos menores de edad. En el veredicto, el imputado fue absuelto de otras dos acusaciones por los mismos ilícitos.

Finalmente, se determinó que el empresario cumpla una sentencia de seis años por los delitos. En el juicio, la Fiscalía Regional de O’Higgins había pedido una pena de 12 años de cárcel por cuatro víctimas.

Ministra Orellana: “Siempre estaremos del lado de las víctimas”

En el marco de un punto de prensa por la presentación de las iniciativas legislativas en materia de equidad salarial, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, sostuvo que al Poder Ejecutivo no le corresponde expresarse sobre sus expectativas respecto a una sentencia judicial. No obstante, la secretaria de Estado relevó la importancia de que la ciudadanía esté en conocimiento de que los delitos de abuso sexual infantil son imprescriptibles, desde el 2019 en adelante”.

“Las víctimas que han sufrido delitos sexuales como niños, niñas y adolescentes desde el 2019 en adelante, no tienen plazo de prescripción, tienen derecho al tiempo que en el caso de las víctimas previas a la ley de imprescriptibilidad, corren otros plazos, pero existe una institucionalidad que está dedicada a proteger a las víctimas y que busca sacar del secreto familiar y de la impunidad el abuso sexual infantil que lamentablemente es muy extendido en nuestro país”, declaró la ministra.

De esa manera, Orellana destacó que desde el Gobierno siempre apoyarán “todas las acciones que tengan que ver con terminar la impunidad en el abuso sexual infantil, con apoyar a la denunciante y con no ejercer presiones indebidas a partir de la visibilidad en ningún sentido, pero siempre es del lado de las víctimas”.

Desde el Ministerio liderado por Orellana recomiendan para las mujeres el fono orientación en violencia 1455 del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, para los jóvenes el canal de atención digital Hablemos todos del Instituto Nacional de la Juventud (Injuv), para los tutores el Fono Infancia (800 200 818) y para quienes quieran denunciar el fono Denuncia Seguro (4242).

Por: Diario UChile

Julio 19, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Foto: Aton.

La denuncia de una niña de 12 años destapó las graves acusaciones contra el empresario, la menor guardaba archivos en su celular que demostraban su culpabilidad. La fecha condenatoria quedó para el 19 de julio.

Diario UChile

Era el 26 de mayo de 2023 cuando en un domicilio en Vitacura una adolescente de 12 años de manera espontánea, a eso de las 20:00 horas, decidió revelar una situación a su padre. “Papá estoy bien, pero hace tres años Eduardo me tocó”.

El testimonio, según reveló el medio La Tercera, quedó plasmado como la primera denuncia que existe en el expediente judicial en contra de Eduardo Macaya Zentilli y que abrió una investigación penal por el delito de abuso sexual reiterado de menores.

El caso tomó ribetes de alta connotación pública, ya que el acusado es el padre del presidente de la UDI, el senador Javier Macaya, y este miércoles fue declarado culpable. El empresario arriesga penas efectivas de cárcel, como han solicitado la Fiscalía y los querellantes.

Más de un año duró la investigación a cargo de la fiscal de Alta Complejidad, Javiera Oro, quien solicitó en su acusación la pena de 12 años de presidio efectivo.

Entre las piezas investigativas que se mantenían secretas están los testimonios de las víctimas y también de parientes que fueron los testigos de las primeras revelaciones de las niñas.

La grabación:

El padre de la adolescente de 12 años, tras escuchar que Macaya la había tocado, le pidió más detalles. Ahí fue cuando ella le dijo que había sostenido ya una conversación con sus primas, quienes confesaron haber sido blanco también de actos de significación sexual por parte del empresario, actos que ocurrían en el fundo “Santa Elena” s/n, donde él vivía junto a su esposa y dos de sus hijos en el sector Placilla de San Fernando.

Hasta ahí el progenitor de la menor de edad contaba con su relato; sin embargo, acto seguido la propia víctima sacó su celular y le mostró imágenes que ella había grabado hacía algunas semanas, se sostiene en la acusación del Ministerio Público que fue el lunes 1 de mayo (feriado), en que el imputado estaba realizando tocaciones a una de sus primas más pequeñas.

La adolescente tomó el registro, según se estableció en la investigación, justamente con el propósito de tener pruebas de lo que había hecho “el tata Eduardo” con ella y para que dejara de hacerlo con su prima.

Previo a la denuncia penal que se realizó el 30 de mayo, algunas parientes mujeres de la adolescente de 12 años ya sabían lo que estaba ocurriendo, ya que la víctima había reenviado videos a una de sus tías como una forma de pedir ayuda. Esta última adulta, de más de 40 años, declaró durante el proceso judicial que un día que estaban en la casa de su madre su sobrina le dijo que le quería contar algo que le había pasado tres años atrás, “cuando ella tenía entre 8 y 9 años, en la casa de Eduardo en Placilla”. Ahí, continúa el relato, la niña habría referido los actos de connotación sexual de los que había sido víctima y ldice que le tiene que mandar algo.

“Cuando voy viendo los videos quedé de una pieza”, sostiene esta testigo, que en ese mismo acto pasó a convertirse en víctima para la Fiscalía. “Me paré, me fui a la cocina donde estaba mi mamá y se los mostré (los videos), y le dije que esto también me lo había hecho Eduardo cuando chica”, declaró la profesional de más 40 años.

Durante el transcurso de la investigación se apuntó a otras tres víctimas, todas de sexo femenino y menores de 14 años. “Quedamos en shock con mi mamá”, declaró la mujer. Es ahí cuando dice que se preocuparon por las otras niñas que la adolescente había sindicado como víctimas, entre las que se encontraba la niña de los videos. También confiesa que les preocupó “lo que significaba esta situación para la familia”.

Evitar la denuncia:

En el expediente judicial del caso hay varios testigos que dan cuenta de la renuencia de la familia más directa del imputado de denunciar. Que se iba a pegar un tiro, que la familia se dividiría y que era mejor evitar la denuncia y mantener todo “en familia”.

De hecho, en el expediente hay referencias a que cuando la tía de la adolescente de 12 años les dijo que se debía proteger a los niños que estaban en peligro, una de las parientes más directas del acusado la había emplazado a que si ella de verdad quería que Eduardo Macaya, el patriarca, se fuera a la cárcel y sufriera vejaciones sexuales por parte de otros reos, ya que “ese era el castigo” de una persona que comete delitos de esa índole.

Toda esta tensión e inacción de la familia terminó cuando R. recibió la revelación de su hija. De hecho, hay registros de que este último increpó al acusado. Fue ahí cuando el empresario se habría enterado de la existencia de los videos y de la inminente denuncia en su contra.

Según la profesional de más de 40 años Macaya la habría llamado y le dijo que se había enterado de todo, que él sabía que los niños no mienten, “y que si me había hecho algo, que lo perdonara, me decía: qué puedo hacer por ti, eso lo repetía; le dije que las cosas estaban claras, que viera los videos, que estaba tocando a su (pariente), decía que no se acordaba, le dije que se autodenunciara y ahí terminó la conversación”.

Peritajes:

Entre las pruebas que se llevaron a juicio oral -el que se declaró reservado- está el peritaje a los videos que fue realizado por la Brigada de Delitos Sexuales de la PDI. Entre otras cosas concluye que efectivamente de las imágenes se desprende una conducta de abuso sexual de menor de 14 años y que -de hecho- en el propio registro se ve la actitud de la niña que rechaza los actos a los que la está sometiendo su pariente directo.

Esta acusación contó con la oposición de la defensa de Macaya, que durante todo el proceso penal, incluido el juicio, ha sostenido su inocencia. De hecho, en la apelación con la que se consiguió modificar la medida cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario tras el pago de una fianza de $150 millones, sus abogados refieren a que el caso se sostiene por “una única denuncia”.

Varios de los testigos, se desprende de las declaraciones allegadas al expediente, intentan justificar el actuar “cariñoso” del acusado, debido a que así se ponía cuando “estaba ebrio”. Aun así, el propio Macaya ha sostenido que jamás ocurrieron los hechos y apuntó a que si su hijo no fuera senador la causa no existiría.

“Hoy debo romper este silencio porque confío en que el juicio oral que se inicia demostrará mi completa inocencia. Quiero decir que nunca buscamos una instancia de juicio abreviado o un acuerdo con el Ministerio Público, porque no estoy dispuesto a reconocer participación en hechos que nunca han ocurrido y que han afectado y expuesto a las personas que más quiero y que son probablemente las que me he preocupado de cuidar a lo largo de todo este tiempo”, dijo el acusado a la salida del tribunal el pasado 17 de abril.

Pese a todo, la fiscal Javiera Oro en la acusación ante el Tribunal Oral de San Fernando aseguró que existían al menos cuatro hechos con distintas víctimas que daban cuenta de conductas reiteradas de abuso sexual, que el acusado había actuado sobre seguro debido a la confianza que existía entre él y las menores de edad -por su parentesco- y que además el escenario de las conductas habían sido distintos lugares del fundo de la “Villa Macaya”, específicamente la casa principal, que habita hasta el día de hoy junto a su esposa.

Por: Diario UChile

Julio 11, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.

Foto: Aton.

El padre del senador y timonel de la UDI, Javier Macaya, fue absuelto de otras dos acusaciones por los mismos ilícitos. La Fiscalía Regional de O’Higgins pidió una pena de 12 años de cárcel, pero por cuatro víctimas.

Diario UChile

Este miércoles el Tribunal Oral Penal de San Fernando declaró culpable a Eduardo Macaya Zentilli, padre del senador y presidente de la UDI, Javier Macaya, por el delito de abuso sexual contra dos menores de edad. La sentencia se conocerá el próximo 19 de julio.

En el veredicto conocido durante esta jornada, el tribunal absolvió a Macaya Zentelli por otras dos acusaciones por los mismos ilícitos. En el juicio, la Fiscalía Regional de O’Higgins pidió una pena de 12 años de cárcel, pero por cuatro víctimas.

El empresario de 72 años, se encontraba con la medida cautelar de arresto domiciliario. Si bien estuvo cerca de un mes en prisión preventiva durante 2023, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua revocó esta decisión ante el pago de $150 millones de fianza.

Macaya Zentilli, ingeniero agrónomo, fue formalizado luego de que la familia de una niña de 12 años lo denunciase por actos reiterados de connotación sexual.

La fiscal de Alta Complejidad de la Región de O’Higgins, Javiera Oro, indicó que se le imputó la comisión del delito en calidad de reiterado en contra de cuatro víctimas. La lectura de la sentencia será el 19 de julio.

Por: Diario UChile

Julio 10, 2024

Este artículo fue publicado originalmente en Radio Universidad de Chile.